BLOG

SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL 2023

Real Decreto 99/2023 por el que se fija el S.M.I (salario mínimo interprofesional) 2023. BOE 15-02-2023

Este real decreto surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo en el mismo establecido con efectos del 1 de enero de 2023

Las nuevas cuantías representan un incremento del % respecto de las previstas en el RD 152/2022 (SMI 2022).

El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 36 euros/día o 1.080 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.

Compensación y absorción. Límite 15.120 € anuales

Personas trabajadoras eventuales y temporeros/as: la cuantía del salario profesional no puede resultar inferior a 51,15 euros por jornada legal en la actividad.

 

Empleados de hogar: 8,45 € por hora efectivamente trabajada